Mencionamos aspectos importantes relacionados con el pago de pensiones, la cual se clasifica en tres: de vejez, de invalidez y de sobrevivientes. Esta prestación económica se encuentra regulada por la Ley 100 de 1993 y la Ley 797 de 2003, principalmente.
La pensión es una prestación económica que reciben mensualmente los trabajadores, dependientes o independientes, después de su retiro laboral, con base en los aportes realizados a un fondo de pensiones durante su vida laboral.
A continuación, te presentamos 5 respuestas clave que te ayudarán a resolver inquietudes relacionadas con este tema:
¿Cómo elegir el mejor régimen pensional?
La abogada Angie Marcela Vargas, especialista en Derecho Laboral y de Seguridad Social, explica cuántos tipos de sistemas pensionales existen; adicionalmente, señala cómo elegir el mejor régimen pensional de acuerdo con las necesidades de cada uno de los trabajadores.
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Pensión: ¿Cuántos tipos hay y qué beneficios brindan?
La abogada Angie Marcela Vargas indica que el sistema pensional está conformado por tres tipos de pensiones: de vejez, de invalidez y de sobrevivientes. También da a conocer cuáles son los beneficios que brindan cada una de estas pensiones.
Cláusula de permanencia en los fondos de pensiones
La abogada Angie Marcela Vargas señala si existe alguna cláusula de permanencia que impida que los contribuyentes abandonen el fondo de pensiones, ya sea publico o privado, según lo establecido en los artículos 107 de la Ley 100 de 1993 y 2 de la Ley 797 de 2003.
Cantidad de pensiones que puede recibir una persona en Colombia
Conforme al literal j) del artículo 13 de la Ley 100 de 1993, la abogada Angie Marcela Vargas, especialista en Derecho Laboral y de Seguridad Social, explica si una persona puede recibir simultáneamente las pensiones de vejez, de invalidez y de sobrevivientes.
Conoce más sobre este tema visitando nuestro análisis Pensión de vejez: ¿qué sucede si una persona cumple la edad, pero no los demás requisitos?
Devolución de saldos en fondos privados de pensión
La devolución de saldos es una figura que se presenta en el régimen de ahorro individual o fondos de pensiones privados.
La abogada Natalia Jaimes Lúquez, especialista en Derecho Laboral, aclara en qué consiste la devolución de saldos y cuáles son los requisitos para proceder con dicha devolución en los fondos privados de pensión, según lo mencionado en el artículo 66 de la Ley 100 de 1993.