Cuando escuchamos o leemos el término covid-19 – seguramente la palabra más pronunciada este 2020 – es imposible no relacionarlo de inmediato con muerte, virus o enfermedad, y es que así es, una devastadora pandemia global, que pareciera estar cumpliendo una cita, para sumarse a una de las crisis más graves de salud pública de la historia de la humanidad.
Sin embargo, es necesario reconocer que la necesidad de “continuar la vida cotidiana” de la mejor manera posible, ha generado un auge de la creatividad y la tecnología, para dar solución inmediata y transformar sin reparo, todos los aspectos que rodean nuestra existencia.
Para la justicia en Colombia esto no fue posible, por lo menos no sin antes suspender los términos judiciales mediante Acuerdo No. Pcsj A20-11517 del 16 de marzo de 2020 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura durante de tres meses y medio hasta su reanudación mediante el Acuerdo No. Pcsja20-11567 del pasado 1 de julio.
El reto más grande para nuestra justicia, ha sido no prolongar más la cesación de sus actividades, por lo que ha tenido que “echar mano” de las TIC, y todo lo que ello conlleva, a prueba y error.
Es así como el Consejo Superior de la Judicatura a través de la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla”, en cumplimiento del artículo 177 de la Ley 270 de 1996, ha tenido que desplegar un plan de formación judicial en entornos digitales y virtuales, dirigido a los servidores de La Rama, con programas académicos orientados al fortalecimiento de la integralidad de dichos colaboradores, junto con herramientas (plataformas virtuales) que permitan cumplir dichos objetivos.
En el momento que se logre la estandarización, unificación y correcta adecuación de la virtualidad para esta Corporación, debería generarse mayor cobertura y acceso a la justicia de manera ágil, incrementarse la productividad y eficiencia de los servidores, optimización de recursos, y economía procesal, que bastante falta nos estaba haciendo en nuestro sistema, donde la impunidad reina precisamente por lo precario y antiguo de los procedimientos, y la falta de mecanismos que permitan la transparencia en los procesos.
Lo que ha quedado en evidencia, es que es apresurado asegurar que los procedimientos de la justicia ya están completamente adecuados a la era digital, por lo que es realmente importante que, como abogados, también desarrollemos un aprendizaje autónomo y autodirigido, que nos permita ser asertivos en las actividades de nuestra profesión sin que fallemos en el intento.
Teniendo en cuenta, que preferentemente se hará el uso de las tecnologías, en la página www.ramajudicial.gov.co, usted podrá encontrar diferentes medios para llevar a cabo los trámites judiciales, como por ejemplo la recepción de tutelas y habeas corpus en línea, los directorios de los correos electrónicos de los despachos a nivel nacional, así como los links de todos los tribunales y juzgados, donde podrá acceder a los avisos, las actas de reparto, los cronogramas de audiencias, notificaciones, estados electrónicos etc.
De igual manera, encontrará publicadas las circulares emitidas por las Direcciones Ejecutivas Seccionales, que le informarán la manera en la que deberá hacer la presentación de las demandas, la radicación de memoriales o la formulación de inquietudes puntuales.
Por último, no podrá perder de vista el manual de los procedimientos judiciales en tiempos de covid, el Decreto 806 del 2020, que proporciona los lineamientos a tener en cuenta en esta nueva etapa.
El covid-19, definitivamente llego a transformar para siempre a la vieja Rama Judicial.