La Superintendencia Financiera expidió hoy tres circulares con el fin de aliviar la carga financiera de los deudores afectados económicamente por el Coronavirus, también para garantizar la prestación de los servicios financieros en el país y flexibilizar algunos requerimientos.
En primer lugar la entidad anunció que, las entidades financieras podrán establecer nuevas condiciones transitorias para sus créditos, diligencia que se efectuará dando prioridad a los sectores más vulnerables frente a la emergencia sanitaria, y que los créditos que se verán beneficiados no podrán tener, al corte del 29 de febrero de 2020, una mora mayor a 30 días.
También indicó que «los cambios a las condiciones iniciales los créditos pueden contemplar periodos de gracia de acuerdo con el análisis de cada entidad», pero aclaró que los periodos de gracia no implicarán el cierre de los cupos ya aprobados.
Además, la Superfinanciera dictó que las entidades vigiladas deberán dar a conocer las políticas adoptadas y «poner a disposición de sus clientes mecanismos de atención prioritaria para tramitar y resolver de manera ágil, las solicitudes y quejas en relación con las medidas previstas».
La segunda circular que se emitió, la 008 de 2020, pretende promover el uso de canales digitales para la prestación del servicio, con medidas para las entidades como la posibilidad de incrementar los montos transaccionales de las operaciones realizadas a través de canales no presenciales.
La Superfinanciera definió como práctica abusiva de los establecimientos de crédito «el aumento del costo o tarifa de las transacciones realizadas a través de canales no presenciales durante los próximos 120 días», e indicó que deberán mantener la prestación del servicio en las oficinas, siempre y cuando las condiciones así lo permitan y adoptar las medidas necesarias para reducir el tiempo de permanencia de los consumidores financieros.
El último punto tiene que ver con que se focalicen los esfuerzos de las entidades en la atención de la coyuntura. «La Superintendencia encontró necesario disponer medidas de carácter transitorio tendientes a que las entidades vigiladas velen prioritariamente en garantizar la continuidad de la prestación de los servicios financieros al público», expresó la entidad, por lo cual modificó la entrada en vigencia de algunas instrucciones normativas relacionadas con el envío de los planes de resolución para las entidades sistémicas, así como de las pruebas de resistencia para 2020.