Aplazan renovación de cámaras de comercio hasta el 3 de julio y la Dian suspendió términos en procesos administrativos.
El Gobierno Nacional indicó cuáles han sido los diferentes cambios normativos que ha realizado a causa de la pandemia del Covid-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Al respecto, Asuntos Legales hizo una recopilación de los principales cambios en materia de plazos.
En ese sentido, entre los cambios normativos que se han presentado desde que el primer caso de Covid-19 están algunos como el del decreto 434 de 2020, en el cual se aplazó la renovación de Cámara de Comercio hasta el 3 de julio de 2020. Luego mediante el Decreto 435 también se aplazaron las fechas para la presentación de la declaración de renta de las personas naturales y las jurídicas.
En materia de beneficios tributarios, sobre las ventas de ciertos productos, se decidió que quedarán exentos de impuestos de forma transitoria: los nebulizadores, los monitores de signos vitales, electrocardiógrafo, el glucómetro, el tensiómetro o el pulsoxímetro, entre otros elementos del área de la salud.
También estarán exentos otros como los ventiladores, los equipos de rayos x portátiles, los concentradores de oxígeno o las camas hospitalarias, entre otros.
Por otro lado, organismos como los de la Dian, que lidera José Andrés Romero, suspendieron los términos de los procesos administrativos y de las actuaciones tributarias, mientras que la Superintendencia de Sociedades amplió los plazos para el reporte anual de información financiera para los obligados a reportar información financiera bajo Niif.
También la cartera del Ministerio de Trabajo se pronunció, indicando en la resolución 803, la suspensión temporal de trabajo hasta por 120 días por oficio y la regulación y consideraciones para el desarrollo óptimo del trabajo en casa, teletrabajo, jornada laboral flexible, vacaciones anticipadas o colectivas, y otros.
Con este paquete de medidas, el Gobierno buscó mitigar el impacto en diferentes empresas.